El ente de control se refirió al oficio que la MinAmbiente le remitió al director de la ANLA, solicitando un estudio de impacto ambiental.
La Procuraduría General de la Nación se
pronunció frente al abrupto giro del Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible, que ha requerido a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
-ANLA- el trámite de una licencia ambiental para el proyecto “Restauración
de ecosistemas degradados del Canal del Dique”.
Frente a esto, el ente de control expresó que el proyecto ya cuenta con un
instrumento de manejo y control ambiental, conocido como Plan
Hidrosedimentológico, impuesto y aprobado por la ANLA, decisión con base
en la cual se estructuró un proyecto de Asociación Publico Privada – APP por
parte de la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI.
Así mismo, agregó el órgano de control, que la cartera ministerial no está
habilitada para establecer discrecionalmente los proyectos, obras o actividades
que requieran de la obtención de licencia ambiental, bajo la invocación de la
aplicación del principio de prevención y menos aún, requerirla con
posterioridad al inicio de las actividades, ya amparadas con el mencionado
instrumento de evaluación.
La Procuraduría también confirmó que, los proyectos, obras o actividades
sujetos a licenciamiento ambiental son definidos por la ley y el decreto 1076
de 2015, lo que significa que no está sujeto al arbitrio del Ministerio de
Ambiente establecer los casos en los que resulta exigible este instrumento
ambiental.
Finalmente, el ente de control expresó que la ANLA tiene la facultad de imponer
nuevas obligaciones en el marco del instrumento de manejo ambiental existente,
si las medidas de manejo y los impactos identificados fueran insuficientes,
instando a dicha autoridad ambiental a ejercer tal potestad.
*Con información de Procuraduría General de la Nación

0 comentarios:
Publicar un comentario